¿Qué es el arraigo socioformativo?
Este nuevo arraigo que nos trae el próximo reglamento prevemos que va a ser muy demandado por la maravillosa oportunidad que ofrece la novedad de poder trabajar con esta autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales , situación hasta ahora imposible con el aun actual arraigo por formación que no permite trabajar.
¿Requisitos para solicitar el arraigo socioformativo?
Como los demás arraigos , este exige como requisitos 2 años de permanencia irregular en España justamente anteriores a la solicitud, no tener antecedentes penales , no ser solicitante de asilo en el momento de la solicitud y , en este caso, estar matriculado o tener el firme propósito de formalizarla en los cursos y estudios que recoge el art. 52 .1.b del nuevo reglamento como son:
- certificados de profesionalidad
- formación profesional reglada
- formación del catálogo nacional de cualificaciones profesionales
CUIDADO !!!!!NO VALE CUALQUIER CURSO DE ACADEMIA PRIVADA NI CUALQUIER FORMACIÓN !!! CONSÚLTANOS porque debe de ser oficial y aceptada para el arraigo socioformativo.
¿QUÉ ESTUDIOS SON VÁLIDOS Y CUALES LOS REQUISITOS PARA ESTE ARRAIGO ?
¿ Solo puedes cursar estudios superiores?
No, la oferta formativa es amplia y la metodología puede ser presencia , semipresencial o teleformación.
Vamos a dejaros una pequeña m:uestra de los cursos de certificaciones de profesionalidad que se ofertan y que se imparten en la academia con la que trabajamos :
- operaciones básicas de restaurante y bar : 290 horas
- auxiliar de comercio : 270 horas
- auxiliar de cocina : 350 horas
- atención sociosanitaria a personas dependientes : 370 horas
- auxiliar de agricultura : 370 horas
- auxiliar de almacén : 210 horas
- auxiliar de jardinería y viveros : 330 horas
- limpieza de superficies , mobiliario y locales : 230 horas ( teleformación)
- y muchos muchos más…
También sería interesante que veamos la formación que se publica en la página de la Junta de Andalucía en nuestro caso, y en el SEPE por si queréis optar a mejores puestos de trabajo y construir un futuro mucho mejor.
Lo que sí es seguro y maravillosa noticia es que con este arraigo, la formación es la clave y la llave para conseguir tu residencia temporal , a la vez que puedes trabajar de manera regular mientras estudias , con un máximo de 30 horas semanales. Una vez que termines tus estudios podrás solicitar autorización para trabajar y tu residencia continuará.
¿ES LO MISMO ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN QUE ESTANCIA POR ESTUDIOS ?
No, no se debe confundir este arraigo socioformativo con la estancia por estudios, ya que esta última se solicita desde el país de origen , para extranjeros que solo quieran venir para realizar unos estudios concretos , no se puede trabajar mientras se disfruta de esa estancia y el tiempo de estudios no computa para solicitar más adelante la nacionalidad española, mientras que el tiempo con el arraigo si.
Como requisito importante debemos saber que la solicitud se tiene que presentar al menos dos meses antes de que empiece el curso y una vez que nos autoricen para ello , matricularnos en la academia o centro dentro de los 3 meses siguientes a esa aprobación.
Tendremos autorización para estudiar y trabajar por un año, renovable , y como ya hemos comentado , al terminar los estudios podemos solapar con un permiso para trabajar y seguir con nuestra residencia regular acumulando tiempo por si mas adelante tramito mi nacionalidad española.
Como siempre os comentamos , cada caso es individual y requiere un tiempo de dedicación y estudio. Déjanos saber tu situación actual y en que te gustaría formarte ,nosotros haremos el resto .
¿Necesitas ayuda con tu caso?
Te esperamos para ayudarte a construir un futuro mejor !!!!!!