Convenio Regulador de Mutuo Acuerdo

El convenio regulador es un documento obligatorio en los divorcios y separaciones de mutuo acuerdo. Recoge las condiciones pactadas por los cónyuges para regular su situación tras la ruptura.
convenido regulador

Aspectos que debe incluir el convenio regulador:

  • Guarda y custodia de los hijos: Monoparental o compartida.
  • Régimen de visitas: Para el progenitor no custodio.
  • Uso de la vivienda familiar: Quién la ocupa tras la ruptura.
  • Pensión de alimentos: Para cubrir gastos de los hijos.
  • Pensión compensatoria: En caso de desequilibrio económico.
  • Liquidación del régimen económico matrimonial: Reparto de bienes.

Ventajas del convenio de mutuo acuerdo:

  • Ahorro de tiempo y costes judiciales.
  • Mayor control de las decisiones por parte de los cónyuges.
  • Favorece un ambiente más pacífico, especialmente con hijos.

Procedimiento para su presentación:

  1. Redacción del convenio con asistencia letrada.
  2. Firma por ambas partes.
  3. Presentación conjunta ante el juzgado o notario (si no hay hijos menores).
  4. Revisión y aprobación judicial o notarial.

Modificación del convenio:

  • Posible si cambian sustancialmente las circunstancias.
  • Puede realizarse de mutuo acuerdo o contenciosamente.

Preguntas frecuentes de nuestros clientes

¿Qué es un convenio regulador y cuándo es obligatorio?

Es un documento legal que recoge los acuerdos entre los cónyuges en casos de separación o divorcio de mutuo acuerdo. Es obligatorio para que el juez o notario apruebe la disolución del vínculo conyugal sin conflicto.

Debe contener acuerdos sobre custodia y visitas de hijos menores, pensión alimenticia, uso de la vivienda familiar, pensión compensatoria (si corresponde), y la liquidación del régimen económico matrimonial.

No. Aunque los cónyuges pueden llegar a acuerdos por su cuenta, la redacción debe hacerse con la asistencia de un abogado, quien velará por que cumpla los requisitos legales y no perjudique a ninguna de las partes.

Se presenta ante el juzgado correspondiente junto con la demanda de divorcio o separación. Si no hay hijos menores, también puede validarse ante notario.

Sí. El juez puede rechazar el convenio si considera que perjudica a alguno de los hijos o de los cónyuges. En tal caso, se solicitarán modificaciones para garantizar el interés superior del menor y el equilibrio entre las partes.

El convenio puede modificarse judicialmente si hay cambios sustanciales en las circunstancias económicas o familiares, como cambios de domicilio, ingresos, necesidades de los hijos, etc.

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