Divorcio, Separación y Nulidad Matrimonial

El divorcio, la separación y la nulidad matrimonial son las tres vías legales para poner fin a una relación conyugal en España. Cada una responde a situaciones distintas y conlleva consecuencias legales particulares. A continuación, te explicamos los puntos esenciales según la legislación vigente.

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Tipos de procesos para finalizar el vínculo matrimonial:

  • Divorcio: Disuelve completamente el vínculo matrimonial. Permite a ambos cónyuges volver a casarse. Puede ser de mutuo acuerdo o contencioso.
  • Separación: Suspende la vida en común sin romper el vínculo legal del matrimonio. No permite volver a casarse.
  • Nulidad: Declara que el matrimonio nunca fue legalmente válido desde su origen por causas concretas (falta de consentimiento, vicios legales, etc.).

Requisitos generales para solicitar divorcio o separación:

  • Tiempo de matrimonio: Mínimo tres meses de convivencia legal.
  • No necesidad de causa: No es obligatorio justificar razones específicas.
  • Presentación judicial: Acompañada o no de convenio regulador.

Modalidades:

  • Mutuo acuerdo: Rápido, menos costoso, con convenio regulador.
  • Contencioso: Cuando no hay acuerdo, interviene el juez.

Efectos legales inmediatos:

  • Cese de la convivencia.
  • Disolución del régimen económico matrimonial.
  • Custodia y visitas de los hijos.
  • Determinación de pensión alimenticia y compensatoria.

Documentación necesaria:

  • Certificado de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de los hijos.
  • Propuesta de convenio regulador (si aplica).
  • Documentación económica.

Preguntas frecuentes de nuestros clientes

¿Cuál es la diferencia entre divorcio y separación legal?

La separación legal implica el cese de la convivencia, pero sin disolver el vínculo matrimonial, por lo que no se puede volver a contraer matrimonio. El divorcio, en cambio, sí disuelve legalmente el matrimonio y permite volver a casarse.

Sí. En España, no es necesario el consentimiento del otro cónyuge para solicitar el divorcio. Se puede iniciar un procedimiento de divorcio contencioso si no hay acuerdo entre las partes.

Debes presentar el certificado de matrimonio, el de nacimiento de los hijos (si los hay), una propuesta de convenio regulador (en caso de mutuo acuerdo), y documentación económica actualizada.

La nulidad declara que el matrimonio nunca fue legalmente válido. Se puede conceder en casos como falta de consentimiento, matrimonio bajo coacción, o cuando existían impedimentos legales no subsanados al momento de casarse.

La legislación vigente exige que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo situaciones excepcionales en las que se acredite riesgo para la vida o integridad del solicitante.

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