Patria potestad

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que la ley reconoce a los padres sobre sus hijos menores de edad no emancipados. Su finalidad es proteger, formar y representar a los hijos, así como administrar sus bienes. Este concepto se encuentra regulado en el Código Civil y en diversas leyes autonómicas en España o en las legislaciones civiles correspondientes en países de América Latina.

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Características de la patria potestad

  • Irrenunciable e intransferible: Los padres no pueden ceder ni renunciar a la patria potestad, salvo en casos de adopción u otras causas legales.
  • Temporal: Se ejerce mientras los hijos sean menores de edad y no estén emancipados.
  • Conjunta: En principio, la patria potestad la ejercen ambos progenitores de forma conjunta, aunque en situaciones excepcionales puede otorgarse a uno solo.
  • Limitada por el interés del menor: Todos los actos de patria potestad deben guiarse por el bienestar del hijo.

¿Qué incluye la patria potestad?

La patria potestad abarca tres ámbitos fundamentales:

  1. Cuidado personal y educación: Incluye decisiones sobre la residencia del menor, su escolarización, formación religiosa, asistencia médica y actividades extracurriculares.
  2. Representación legal: Los padres actúan en nombre del hijo ante terceros, salvo en casos donde el menor pueda actuar por sí mismo según su madurez o la ley.
  3. Administración de bienes: Los padres administran los bienes del hijo, con obligación de rendir cuentas en ciertos supuestos y actuar siempre en beneficio del menor.

Patria potestad y guarda y custodia: ¿es lo mismo?

No. La guarda y custodia se refiere al cuidado cotidiano y convivencia habitual con el menor, y puede otorgarse a uno solo de los progenitores (custodia monoparental) o a ambos (custodia compartida). En cambio, la patria potestad es un concepto más amplio que incluye derechos y deberes legales sobre el hijo, aunque los padres vivan separados.

Es común que ambos padres conserven la patria potestad aun cuando uno de ellos tenga la custodia exclusiva. Solo un juez puede limitarla o retirarla en casos extremos.

¿Cuándo se puede modificar o extinguir la patria potestad?

La patria potestad puede extinguirse o modificarse por:

  • Emancipación del menor.
  • Fallecimiento de ambos progenitores o del hijo.
  • Adopción del menor por otra persona.
  • Sentencia judicial, en casos como maltrato, abandono, drogadicción grave o incumplimiento de los deberes parentales.

También puede suspenderse o limitarse temporalmente si el interés del menor lo exige, mediante resolución judicial.

Preguntas frecuentes de nuestros clientes

¿Puede un padre o madre perder la patria potestad?

Sí, pero solo mediante resolución judicial, y ante circunstancias graves como abandono, violencia familiar o conductas que pongan en riesgo al menor.

No. La tutela se aplica cuando no hay padres con patria potestad, como en casos de orfandad. Es una figura legal de protección.

Sí, en principio. Decisiones como cambiar de colegio, tratamientos médicos o viajes internacionales requieren el consentimiento de ambos progenitores si comparten la patria potestad.

Sí, pero se debe justificar ante un juez que el otro progenitor incurre en conductas que perjudican al menor o no cumple con sus deberes parentales.

En algunos casos sí, si se demuestra una mejora significativa en la situación del progenitor. Es necesario acudir al juzgado para solicitar la revisión.

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