Pareja de hecho

La pareja de hecho es una forma de relación legalmente reconocida en España, similar al matrimonio, que otorga derechos y obligaciones a las parejas que no desean casarse pero viven juntas de manera estable. Para los extranjeros en España, registrarse como pareja de hecho puede ser una forma de regularizar su situación legal y obtener ciertos beneficios, como la residencia o el acceso a derechos de salud, seguridad social y otros beneficios.

pareja de hecho

Requisitos para una pareja de hecho en España

  1. No estar casados:
    • La pareja no debe estar casada ni tener vínculo matrimonial previo.
  2. Estabilidad de la relación:
    • Se debe demostrar que la relación es estable y que ambos miembros viven juntos de manera habitual. No existe una cantidad mínima de tiempo, pero los requisitos varían dependiendo de la comunidad autónoma, ya que algunas exigen un tiempo mínimo de convivencia (normalmente entre 6 meses a 2 años).
  3. Capacidad jurídica:
    • Ambos miembros de la pareja deben ser mayores de 18 años y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  4. No parentesco directo:
    • Los miembros de la pareja no pueden tener una relación de parentesco directo, ni ser ascendientes ni descendientes entre sí.
  5. Empadronamiento común:
    • Es recomendable (y en muchos casos necesario) que ambos miembros de la pareja estén empadronados en el mismo domicilio en España, lo que demuestra que viven juntos.
  6. Extranjeros:
    • En el caso de los extranjeros, uno de los dos miembros debe tener residencia legal en España para poder registrar la pareja de hecho. El extranjero no necesita ser ciudadano español, pero debe tener una residencia regular.

Proceso para registrar una pareja de hecho

El proceso puede variar dependiendo de la comunidad autónoma donde residas, ya que cada región tiene su propia legislación y requisitos. Sin embargo, los pasos generales son los siguientes:

  1. Reunir la documentación necesaria:
    • DNI o pasaporte: En el caso de los extranjeros, es necesario presentar el pasaporte o documento de identidad, y si no eres ciudadano de la UE, deberás presentar también el permiso de residencia.
    • Empadronamiento: Los dos miembros de la pareja deben estar empadronados en el mismo domicilio.
    • Declaración de convivencia: Algunos registros requieren que los miembros de la pareja presenten una declaración o compromiso de convivencia estable.
    • Certificados de estado civil: En caso de que uno o ambos miembros hayan estado casados previamente, pueden necesitar presentar el certificado de divorcio o de defunción del cónyuge anterior.
    • Certificado de no parentesco: En algunas comunidades autónomas, es necesario un certificado que acredite que no existe parentesco entre las personas que forman la pareja de hecho.
  2. Presentar la solicitud:
    • La solicitud de registro de la pareja de hecho debe presentarse en el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma correspondiente. En algunas comunidades se puede hacer de forma presencial, y en otras, es posible realizarlo online.
  3. Pago de tasas:
    • Dependiendo de la comunidad autónoma, puede haber una tasa administrativa para registrar la pareja de hecho. El coste varía según la región.
  4. Resolución y entrega del certificado:
    • Una vez presentada toda la documentación, la autoridad competente revisará la solicitud. Si cumple con los requisitos, se emitirá el certificado de pareja de hecho, que es el documento oficial que acredita la relación legal.

Derechos derivados de ser pareja de hecho

Residencia:

  • Si uno de los miembros es extranjero, puede solicitar el permiso de residencia como miembro de una pareja de hecho de un ciudadano español o de otro ciudadano extranjero con residencia legal en España. Esto puede ser una vía para regularizar su situación migratoria.

Beneficios fiscales:

  • Las parejas de hecho pueden tener ventajas fiscales similares a las de los matrimonios, como la posibilidad de hacer la declaración de la renta de manera conjunta en algunos casos.

Derechos laborales y de seguridad social:

  • La pareja de hecho tiene derecho a los beneficios laborales y de seguridad social, como pensiones, asistencia sanitaria, y otros derechos relacionados con el trabajo y la salud pública.

Herencia:

  • En algunos casos, los miembros de una pareja de hecho tienen derechos sucesorios (de herencia) similares a los del matrimonio, aunque esto depende de la legislación autonómica y puede ser necesario un testamento.

Acceso a prestaciones:

  • El miembro de la pareja de hecho puede acceder a prestaciones de viudedad, pensiones, y otras ayudas sociales en caso de fallecimiento de la pareja, dependiendo de la normativa vigente.

Autoridad parental:

  • En caso de que haya hijos comunes, ambos miembros de la pareja de hecho tienen los derechos y responsabilidades relacionados con la patria potestad.

Consideraciones para los extranjeros

  • Residencia y permisos: Para los extranjeros, ser parte de una pareja de hecho con un residente legal en España puede facilitar el proceso de obtención de un permiso de residencia. Si uno de los miembros de la pareja es español o tiene residencia legal en España, el otro miembro puede obtener la autorización de residencia por reagrupación familiar o en algunos casos por residencia por pareja de hecho.
  • Documentación adicional: En caso de ser extranjero, el solicitante deberá cumplir con los requisitos del Reglamento de Extranjería, presentar un visado, un permiso de residencia temporal o permanente, o una tarjeta de residencia, si se aplica.
  • Registro en comunidades autónomas: Dependiendo de la región, puede haber diferentes requisitos para los extranjeros, especialmente en cuanto a la demostración de la legalidad de su estancia en España.

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